DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN RELACIÓN CON EL SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD (2)

FACTURACIÓN

El consumidor pagará únicamente por el consumo durante el periodo de facturación, el precio del mercado eléctrico, desapareciendo,  por tanto las subastas para la fijación del precio de la energía.
El nuevo sistema, por tanto, toma como referencia el precio de la electricidad del mercado mayorista, que cotiza y cambia en función de la oferta y la demanda cada hora. Esta información puede consultarse diariamente en la web de Red Eléctrica.
Esta establecido un modelo de factura eléctrica con el fin de garantizar la comprensión por parte del consumidor, obligatorio desde el  1 de octubre de 2014 para las comercializadoras de referencia que suministren a los consumidores acogidos a precio voluntario para el pequeño consumidor, incluidos los consumidores vulnerables a los que aplica el bono social, y a los consumidores sin derecho a acogerse  al precio voluntario para el  pequeño consumidor que transitoriamente carezcan de un contrato de suministro con una comercializadora en mercado libre.
A través de este  modelo, se pretende que las facturas eléctricas faciliten información sobre sus consumos y los costes asociados de forma clara. Para así poder realizar comparaciones entre distintas ofertas y posibilitar el conocimiento sobre el coste de su suministro, precios, tarifas y condiciones generales del acceso y  uso de los servicios de electricidad.
El destino del importe de la factura y el origen e impacto ambiental de la electricidad consumida se incorporan también como parte del contenido de la factura.

Conceptos de pago incluido en la factura de electricidad:

Término de potencia
Es el precio fijo por tener disponible en todo momento la potencia contratada. Resulta de multiplicar los kw contratados, por los días que engloba la factura y por el precio del término de potencia del peaje de acceso que el Misterio de Industria, Energía y Turismo establece.

Término de energía
Es lo que se paga según la energía consumida. La cifra resultante se calcula multiplicando los kwh de energía que has consumido por el precio que tienes contratado.
El término de energía se compone de la suma del término de energía del peaje y del coste de producción de energía eléctrica.

Impuesto especial sobre la electricidad
Se trata de un impuesto especial cuyo tipo impositivo viene determinado por ley. El tipo impositivo que se aplica es el 4,864% de la base imponible.
La base imponible es el importe resultante de la suma del término de potencia y del término de energía,  multiplicado por 1,05113.

Alquiler del equipo de medida
Es el precio de alquiler mensual del contador si éste no es en propiedad, fijado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Está en marcha un plan de sustitución de contadores que permitirá e finales de 2018 que estén plenamente en funcionamiento en todos los hogares.
Los nuevos contadores inteligentes  permitirán al consumidor conocer y controlar el consumo  de electricidad en tiempo real.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Se aplica el tipo vigente sobre la suma de los conceptos anteriores (21%).

Comentarios

Entradas populares