DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN RELACIÓN CON EL SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD (2)
FACTURACIÓN
El consumidor pagará únicamente por el
consumo durante el periodo de facturación, el precio del mercado eléctrico,
desapareciendo, por tanto las subastas
para la fijación del precio de la energía.
El nuevo sistema, por tanto, toma como
referencia el precio de la electricidad del mercado mayorista, que cotiza y
cambia en función de la oferta y la demanda cada hora. Esta información puede
consultarse diariamente en la web de Red Eléctrica.
Esta establecido un modelo de factura
eléctrica con el fin de garantizar la comprensión por parte del consumidor,
obligatorio desde el 1 de octubre de
2014 para las comercializadoras de referencia que suministren a los
consumidores acogidos a precio voluntario para el pequeño consumidor, incluidos
los consumidores vulnerables a los que aplica el bono social, y a los
consumidores sin derecho a acogerse al
precio voluntario para el pequeño
consumidor que transitoriamente carezcan de un contrato de suministro con una comercializadora
en mercado libre.
A través de este modelo, se pretende que las facturas
eléctricas faciliten información sobre sus consumos y los costes asociados de
forma clara. Para así poder realizar comparaciones entre distintas ofertas y
posibilitar el conocimiento sobre el coste de su suministro, precios, tarifas y
condiciones generales del acceso y uso
de los servicios de electricidad.
El destino del importe de la factura y
el origen e impacto ambiental de la electricidad consumida se incorporan
también como parte del contenido de la factura.
Conceptos de pago incluido en la
factura de electricidad:
Término
de potencia
Es el precio fijo por tener disponible
en todo momento la potencia contratada. Resulta de multiplicar los kw
contratados, por los días que engloba la factura y por el precio del término de
potencia del peaje de acceso que el Misterio de Industria, Energía y Turismo
establece.
Término
de energía
Es lo que se paga según la energía
consumida. La cifra resultante se calcula multiplicando los kwh de energía que
has consumido por el precio que tienes contratado.
El término de energía se compone de la
suma del término de energía del peaje y del coste de producción de energía
eléctrica.
Impuesto
especial sobre la electricidad
Se trata de un impuesto especial cuyo
tipo impositivo viene determinado por ley. El tipo impositivo que se aplica es
el 4,864% de la base imponible.
La base imponible es el importe
resultante de la suma del término de potencia y del término de energía, multiplicado por 1,05113.
Alquiler
del equipo de medida
Es el precio de alquiler mensual del
contador si éste no es en propiedad, fijado por el Ministerio de Industria,
Energía y Turismo.
Está en marcha un plan de sustitución
de contadores que permitirá e finales de 2018 que estén plenamente en
funcionamiento en todos los hogares.
Los nuevos contadores
inteligentes permitirán al consumidor
conocer y controlar el consumo de
electricidad en tiempo real.
Impuesto
sobre el Valor Añadido (IVA)
Se aplica el tipo vigente sobre la
suma de los conceptos anteriores (21%).
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