Cuando debe aceptar una tienda la devolución de una compra

Como norma general, los comercios no tienen obligación alguna de aceptar la devolución de una compra. 
La legislación vigente únicamente establece el deber de cambio o reembolso cuando el bien presenta algún defecto, ante este caso estaríamos ante el incumplimiento o el cumplimiento defectuoso de un contrato y se aplicarían las normas que rigen para la garantía legal. Es decir, se dispondría de un plazo de dos años para los bienes nuevos y de, al menos, un año para los de segunda mano. 
Si estas en estas circunstancias, tienes un producto defectuoso y el negocio no atiende a tus razones, puedes presentar una reclamación. Para ello, debes solicitar la hoja de reclamaciones, (todos los comercios tienen obligación de tener), rellenarla y dejar constancia por escrito de tu petición. 

No obstante, los comercios disponen de libertad absoluta para fijar su política comercial de devoluciones y es frecuente, como deferencia comercial, la práctica de anunciar y publicitar la posibilidad que, si el producto no colma sus expectativas, puedas cambiarlo por otro, obtener un vale para canjearlo en el futuro o pedir el reintegro del dinero.
En las compras a distancia (internet, etc.) o fuera del establecimiento comercial (Ventas a domicilio) existe el llamado derecho de desistimiento que puede ejercerse durante los 14 días naturales posteriores a la compra y que permite la devolución del producto sin condición alguna.

Para evitar problemas, antes de adquirir un producto en una tienda debes preguntar por su política de devoluciones. Así te aseguraras que, si finalmente te arrepientes de la compra, podrás cambiarla por otro artículo o recuperar tu dinero.

Si aún te quedan dudas, llamanos o en ponte en contacto con nosotros por teléfono, email, WhatsApp, redes, etc.

NO te olvides, en EUROCONSUMO, estamos para ayudarte. 

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